Un trabajador despedido tiene derecho a la parte proporcional de los incentivos devengados, incluso si el despido es procedente.

El TSJ de Cataluña estima que un trabajador despedido tiene derecho a la parte proporcional de los incentivos devengados, incluso si el despido es procedente y aunque la empresa tenga estipulada la necesidad de estar de alta a 31 de diciembre.

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